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Con ciertas pocas excepciones, la ley federal pone de manifiesto en el Capìtulo 18 del Código de Estados Unidos 1716 (18 U.S.C. 1716) que es un delito enviar por correo cualquier cosa que pueda matar o herir a las personas o dañar sus bienes materiales. Aquellas personas que infrinjan esta cláusula de la ley podrìan ser objeto de multas, prisión u otras penas graves.
No obstante ello, la ley le permite al Servicio Postal adoptar normas que establezcan las condiciones de preparación y embalaje por las cuales ciertos materiales peligrosos que “en apariencia y por sì mismos no sean peligrosos o perjudiciales para la vida, salud o bienes materiales de una persona”, puedan enviarse por correo. Debido a que estas reglas son muy pocas, está prohibido el envìo por correo de la mayor parte de los materiales peligrosos.
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